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La Cámara de Comercio de España establece, en primer lugar, la importancia de elegir de forma correcta el tipo de empresa o fórmula sociedad acorde a nuestras necesidades para garantizar el éxito de nuestra aventura empresarial.

Así, establece cuatro grupos principales de estas fórmulas mercantiles y deja bien claro cuáles son las ventajas e inconvenientes de cada una de ellas de forma que cada uno pueda elegir la fórmula que más exactamente necesite. Son las siguientes:

1.- Sociedad de responsabilidad limitada

Es la fórmula de sociedad que más se utiliza en nuestro país desde hace ya mucho tiempo. Básicamente porque los creadores de esta sociedad no tienen que responder de forma personal con su patrimonio de las deudas de la empresa. Es decir, la responsabilidad se limita al capital aportado en la constitución de la sociedad.

2.- Sociedad anónima

Después de la sociedad de responsabilidad limitada, es la segunda clase de sociedad mercantil más utilizada. Su característica principal es que el capital está repartido en acciones que sí pueden transmitirse libremente. Por tanto, es lo opuesto a la sociedad limitada.

Además, otra de sus características es la gran cantidad de socios que pueden llegar a participar en ella. Para su constitución se exige un mínimo de capital de 60.000 euros.

3.- La sociedad colectiva

Su característica principal es que es una fórmula mercantil de marcado carácter personalista. En consecuencia, el papel fundamental descansa en los socios, ya que no solo invierten capital sino que aportan su trabajo y gestionan la empresa directamente.

Su responsabilidad es ilimitada, por lo que responden de manera personal de las pérdidas de la empresa.

4.- La sociedad comanditaria (o en comandita)

Es similar a la sociedad colectiva. Si bien, tiene la diferencia de que en este tipo de empresa cabe la posibilidad de que un determinado tipo de socios no tenga que encargarse directamente de la gestión de la misma. Se prevén, por tanto, dos tipos de socios:

  1. Los colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y
  2. Los socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital aportado o comprometido.

Además, se pueden encontrar dos tipos de sociedad comanditaria: la comanditaria simple y la comanditaria por acciones.

Para una clasificación pormenorizada de los tipos de empresa que se pueden constituir en España, además de estos cuatro grandes grupos ahora señalados, se puede recurrir al detallado listado que publica el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que recoge una veintena de fórmulas mercantiles para empezar a emprender con un soporte a la medida de nuestros intereses.

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